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Ley N° 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública
I. MUNICIPALIDAD DE VILLA ALEMANA, REQUISITOS DE PROGRAMAS MUNICIPALES DE SUBSIDIOS Y BENEFICIOS
Última Actualización 15/04/2013
REQUISITOS PARA PROGRAMAS MUNICIPALES DE SUBSIDIOS Y BENEFICIOS
Nº |
Unidad de Gestión |
Requisitos y antecedentes para postular |
Período o plazo de postulación |
Criterios de evaluación o asignación |
Plazos asociados a procedimiento de evlauación y asignación |
Objetivo |
Tipo |
Fecha |
Denominación |
BENEFICIO DE ALIMENTOS
1 |
UNIDAD DE DESARROLLO SOCIAL |
Evaluación social de carencia de recursos o estado de necesidad para cubrir la demanda, através de visita domicilia e informe social realizado por la Asistente Social de la Municipalidad o informes sociales derivados de otros servicios. Documentación de respaldo cuando asi se requiera. |
Permanente |
Cumplimiento de requisitos |
Entrega por 1 vez de caja de alimentos. En situaciones excepcionales debidamente acreditadas se entregará al año hasta 3 cajas al año. |
Ayudas social destinada a cubrir necesidades básicas de la familia, ocasionadas por situaciones inesperadas, que no le permiten a la familia adquirir alimentos. |
Resolución |
__/2013 |
Alimento |
Nº |
Unidad de Gestión |
Requisitos y antecedentes para postular |
Período o plazo de postulación |
Criterios de evaluación o asignación |
Plazos asociados a procedimiento de evlauación y asignación |
Objetivo |
Tipo |
Fecha |
Denominación |
BENEFICIO PROYECTO EDUCATIVO
1 |
UNIDAD DE DESARROLLO SOCIAL |
Ser Chileno / tener residencia en la comuna / haber egresado de 4to medio de un establecimiento municipalizado de la comuna de Villa Alemana / Acreditar condición de |
Acorde a la fecha de matriculas para los alumnos de 1er año de las universidades del consejo de rectores |
Cumplimiento de requisitos |
Acorde a la fecha de matriculas para los alumnos de 1er año de las universidades del consejo de rectores |
Ayuda social destinada a cubrir el pago de matricula y ayuda económica de 20 UF durante eñ 1er año únicamente. |
Resolución |
__/2013 |
PROYECTO EDUCATIVO |
Nº |
Unidad de Gestión |
Requisitos y antecedentes para postular |
Período o plazo de postulación |
Criterios de evaluación o asignación |
Plazos asociados a procedimiento de evlauación y asignación |
Objetivo |
Tipo |
Fecha |
Denominación |
BENEFICIO CANCELACION DE OXIGENO
1 |
UNIDAD DE DESARROLLO SOCIAL |
Evaluación social de carencia de recursos o estado de necesidad para cubrir la demanda,através de visita domicilia e informe social realizado por la Asistente Social de la Municipalidad o informes sociales derivados de otros servicios. Documentación de respaldo cuando a si se requiera.(receta médica) |
mensual /Permanente |
Cumplimiento de requisitos |
Permanente |
Ayudas social destinada a cancelar el arriendo de oxigeno |
Resolución |
__/2013 |
Cancelación de Oxígeno |
PROGRAMA SUBSIDIOS ESTATALES
Nº |
PROGRAMA O BENEFICIO |
UNIDAD DE GESTIÓN |
Requisitos y antecedentes para postular |
Monto global asignado |
Período o plazo de postulación |
Criterio de evaluación y asignación |
Plazos asociados al procedimiento de evaluación y asignación. |
Objetivo del subsidio o beneficio |
Acto que estableció programa y link |
Vínculo a sitio Web con información complementaria |
REQUISITOS PARA SUBSIDIOS ESTATALES
1 |
Subsido Unico Familiar al menor de 18 años(SUF) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Niños y niñas menores de 18 años, carentes de recursos y previsión social. 2.- No percibir Asignación familiar 3.- Menor tener controles de salud al día 4.- Si es mayor de 6 años debe acreditar con certificado de alumno regular 5.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 11.734 puntos. 6.- El causante del beneficio, no debe percibir ingresos o beneficios mensuales iguales o superiores al monto del subsidio, cualquiera sea su origen. 7.- Menor debe vivir con la MAdre, Padre o Tutor DOCUMENTOS 1.- Cédula de identidad del padre, madre o tutor(a). 2.- Certificado de Nacimiento. 3.- Carnet de control del niño sano para los menores de 6 años. 4.- Certificado de alumno regular para los mayores de 6 años. 5.- Copia de tuición cuando corresponda. |
Definidos por el Estado |
Cumpliendo requisitos, la postulación se puede realizar durante todo el año, en la oficina N° 9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios). |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio dura tres años al cabo de los cuales se puede volver a postular. El Monto mensual a recibir es de $ 7.744 por cada carga, el cual la beneficiaria (o) percibirá al mes siguiente a aquel en que haya sido dictado el Decreto respectivo que reconoce el beneficio. |
Subsidio económico otorgado por el estado al padre, madre o tutor, a cargo de niños y niñas menores de 18 años carentes de recursos y previsión social |
Enlace Ley N° 18.020 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
2 |
Subsido Unico Familiar a la madre (SUF Madre) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Estar percibiendo Subsidio Unico Familiar en calidad de madre o tutor. 2.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 11.734 puntos. DOCUMENTOS: 1.- Cédula de identidad de la Madre. |
Definidos por el Estado |
Cumpliendo requisitos, la postulación se puede realizar durante todo el año, en la oficina N° 9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios). |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio dura tres años al cabo de los cuales se puede volver a postular. El Monto mensual a recibir es de $ 7.744 , el cual la beneficiaria percibirá al mes siguiente a aquel en que haya sido dictado el Decreto respectivo que reconoce el beneficio. |
Subsidio económico otorgado por el Estado a las mujeres de hijos causantes de subsidio único familiar, carentes de recursos y sin previsión social. |
Enlace Ley N° 18.020 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
3 |
Subsidio Unico maternal, a la madre embarazada (ME) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.-Madres embarazadas a partir del quinto mes y hasta el séptimo mes de gestación, carentes de recursos y previsión social. 2.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 11.734 puntos. 3.- No tener derecho a asignación familiar por el sistema previsional. DOCUMENTOS: 1.- Certificado del 5to mes de embarazo otorgado por matrona o médico del Consultorio correspondiente. 2.- Cédula de identidad de la embarazada |
Definidos por el Estado |
Período de postulación desde el 5° mes de embarazo y hasta el 7° mes. Cumpliendo los requisitos la postulación se puede realizar, en la oficina N° 9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios) |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio se paga sólo un mes y el monto total es de $69.696, el que la beneficiaria percibirá al mes siguiente a aquel en que haya sido doctado el Decreto respectivo que reconoce el beneficio. |
Subsidio económico otorgado por el Estado, que se paga por una sola vez a la mujer embarazada carente de recursos y sin previsión social. |
Enlace Ley N° 18.020 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
4 |
Subsidio Unico Familiar al Recién Nacido (SUF Recién Nacido) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Bebés recién nacidos, cuyas madres hayan sido beneficiarias del Subsidio Unico Maternal. 2.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 11.734 puntos. DOCUMENTOS: 1.- Certificado de Nacimiento del menor. 2.- Carnet de control del niño sano para los menores de 6 años. |
Definidos por el Estado |
Período de postulación: Hasta el tercer mes del Recién Nacido. Cumpliendo los requisitos la postulación se puede realizar, en la oficina N° 9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios) |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio dura tres años, al cabo de los cuales, se puede volver a postular. El monto mensual a recibir es de $7.744, el que la beneficiaria percibirá al mes siguiente a aquel en que haya sido dictado el Decreto respectivo que reconoce el beneficio. |
Subsidio económico a hijos recién nacidos,cuya madre haya recibido el beneficio del subsidio maternal |
Enlace Ley N° 18.020 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
5 |
Subsidio Unico Familiar duplo (SUF Duplo) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Niños y niñas menores de 18 años, que presenten discapacidad física, psÍquica o sensorial. 2.- FPS con puntaje máximo de 11.734 puntos. DOCUMENTOS: 1.- Cédula de identidad del padre, madre o tutor(a). 2.- Certificado de Nacimiento. 3.- Carnet de control sano para los menores de 6 años. 4.- Certificado de alumno regular para los mayores de 6 años. 5.- Copia de tuición cuando corresponda. 6.- Resolución de Invalidez del COMPIN correspondiente al domicilio. |
Definidos por el Estado |
Se puede realizar la postulación durante todo el año, presentándose en la oficina N° 9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios) con la documentación respectiva. |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio dura tres años, al cabo de los cuales se puede volver a postular.El monto mensual a recibir es de $ 15.488, el que la beneficiaria percibirá al mes siguiente a áquel en que haya sido dictado el Decreto respectivo que reconoce el beneficio |
Subsidio económico que se cancela en forma doble a los niños y niñas que presenten discapacidad física, psíquica y sensorial,carentes de recursos y sin previsión social |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
6 |
Subsidio Agua Potable(SAP) |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Estar al día en el pago del consumo de agua potable. 2.- La Vivienda debe contar con conexión al Servicio de Agua Potable. 3.- Estar Encuestado con Ficha Protección Social Vigente. 4.- Debe ser residente permanente de una vivienda ubicada en el Área Urbana o Rural (propietario, arrendatario o usufructuario). DOCUMENTOS: 1.- Boleta del mes en que está presentando la postulación cancelada, no debe presentar saldo anterior. 2.- Fotocopia cédula de identidad del jefe (a) de familia. |
Definidos por el Estado |
Se puede realizar la postulación durante todo el año, presentándose en la oficina N° 9 de laDirección de Desarrollo Comunitario (Unidad de Pensiones y Subsidios) con la documentación respectiva. |
Cumplimiento requisitos |
Beneficio dura tres años, al cabo de los cuales la familia puede volver a presentar una postulación. El Monto mensual del beneficio correspnde al cálculo realizado por la empresa sanitaria, el cual lo realiza sobre los Cargos Fijos, Cargos Variables y Alcantarillado con un tope máximo de 15 m3 de consumo de agua potable domiciliario. Dependiendo también del tramo concedido.El pago de este subsidios se hace efectivo al mes subsiguiente de la fecha en que se da inicio al beneficio de acuerdo al Decreto Alcaldicio que da derecho . Este monto se descuenta directamente en la boleta del usuario |
Consiste en el pago de un porcentaje del consumo de agua potable de hasta 15M3.TRAMOS DE POSTULACIÓN URBANO: 1.-TRAMO1:67% de los cargos fijos, variables y de alcantarillado.2.- TRAMO 45% de los cargos fijos,variables y de alcantarillado.3.-TRAMO3: 100% de los cargos fijos,variables y de alcantarillado. Solo para familias pertenencientes al programa Chile Solidario. |
Enlace Ley:18.778 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
7 |
Pensión Básica Solidaria de Vejez |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- NO estar recibiendo ningún tipo de pensión 2.- Hombres y mujeres mayores de 65 años. 3.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 12.666 puntos. 4.- Haber vivido en Chile al menos 20 años DOCUMENTOS: SI ES EL PROPIO BENEFICIARIO 1.- Cédula de indentidad. SI ES UN TERCERO, a través de un mandato especial 1.- Mandato especial otorgado ante Notario 2.- Mandato especial otorgado ante el Oficial del Registro civil e identificación. 3.- Resolución Judicial que otorgue Curatela |
Definidos por el Estado |
Cumpliendo los requisitos se puede relizar la postulación durante todo el año.El beneficio es vitalicio si se mantienen las condiciones anteriores. |
Cumplimiento requisitos |
El beneficio es vitalicio. Monto mensual es de $80.528. En el caso de las mujeres que se pensionaron a contar del 1°de julio del 2009 al monto señalado anteriormente, deben agregar el bono por hijo.Monto que es diferenciado dependiendo de la cantidad de hijos que la beneficiaria tenga. |
Subsidio económico otorgado por el Estado a aquellas personas adultas mayores de 65años,carentes de recursos y sin previsión social,que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa legal vigente. |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
8 |
Aporte Previsional Solidario de Vejez |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Recibir una Pensión (IPS, AFP, compañia de Seguros o de Sobrevivencia) menor a $ 255.000 2.- Hombres y mujeres mayores de 65 años. 3.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 12.666 puntos. 4.- Haber vivido en Chile al menos 20 años DOCUMENTOS: SI ES EL PROPIO BENEFICIARIO 1.- Cédula de indentidad. SI ES UN TERCERO, a través de un mandato especial 1.- Mandato especial otorgado ante Notario 2.- Mandato especial otorgado ante el Oficial del Registro civil e identificación. 3.- Resolución Judicial que otorgue Curatela |
Definidos por el Estado |
Al Cumplir Requisitos. Monto Mensual Proporciona la Pensión Base de cada beneficiario y Actualmente asociado a Exención del 7% de salud. |
Cumplimiento requisitos |
El Beneficio se devengará a contar de la fecha de presentación de la solicitud. El monto que resulte de los cálculos realizados por el IPS se sumarán al monto de su pensión original. Monto Mensual Proporcion a la Pensión Base de cada beneficiario,Permanente y Reajustable a Julio de cada año. Actualmente asociado a Exención del 7% de salud. |
Es un beneficio consistente en un Aporte Solidario, para las Pensiones de Vejez, que contempla las Pensiones de los beneficiarios que cumplen los requisitos de acceso y que financien con su ahorro previsional pension es inferiores a $255.000. |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
9 |
Pensión Básica Solidaria de Invalidez |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- NO estar recibiendo ningun tipo de Pensión 2.- Ser calificado como invalido por la Comisión Medica Regional 3.- Hombres y mujeres entre 18 y de 65 años. 4.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 12.666 puntos. 5.- Haber vivido en Chile al menos 5 años DOCUMENTOS: SI ES EL PROPIO BENEFICIARIO 1.- Cédula de indentidad. 2.- Al momento de presentar la postulación deberá llenar el protocolo de invalidez. SI ES UN TERCERO, a través de un mandato especial 1.- Mandato especial otorgado ante Notario u Oficial del Registro civil e identificación. 2.- Mandato especial autorizado por Asistente Social 3.- Resolución Judicial que otorgue Curatela |
Definidos por el Estado |
Al Cumplir Requisitos. Monto Mensual Proporciona la Pensión Base de cada beneficiario y Actualmente asociado a Exención del 7% de salud. |
Cumplimiento requisitos |
Una vez otorgado el beneficio dura hasta los 65 años de edad.Después de ésta el beneficiario debe postular a Pensión Básica Solidaria de Vejez. Monto mensual que percibe el Beneficiario es de $80.528 |
Subsidio económico otorgado por el Estado a aquellas personas que tienen algún tipo de invalidez,carentes de recursos y sin previsión social, que cumplan con los requisitos establecidos por la normativa legal vigente. |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
10 |
Aporte Previsional Solidario de Invalidez |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- Recibir una Pensión (IPS, AFP, compañia de Seguros o de Sobrevivencia) menor a $ 255.000 2.- Hombres y mujeres entre 18 y 65 años. 3.- Tener Ficha Protección Social con puntaje máximo de 12.666 puntos. 4.- Haber vivido en Chile al menos 5 años DOCUMENTOS: SI ES EL PROPIO BENEFICIARIO 1.- Cédula de indentidad. SI ES UN TERCERO, a través de un mandato especial 1.- Mandato especial otorgado ante Notario u Oficial del Registro civil e identificación. 2.- Mandato Especial autorizado por Asistente Social 3.- Resolución Judicial que otorgue Curatela |
Definidos por el Estado |
Se puede realizar la postulación durante todo el año,presentándose en la Oficina N°9 de la Dirección de Desarrollo Comunitario(Unidad de Pensiones y Subsidios). Monto Mensual Proporcional a Pensión Base de cada beneficiario y Actualmente asociado a Exención del 7% de salud. |
Cumplimiento requisitos |
El beneficio se devengará a contar de la fecha de presentación de la solicitud. El monto que resulte de los cálculos realizados por el IPS se sumarán al monto de su pensión original. Monto Permanente y Reajustable a Julio de cada año. |
Es un beneficio financiado por el Estado al que podrán acceder las personas declaradas inválidas,que tengan una pensión base mayor que cero e inferior a la PBS de invalidez y reúnan los requisitos de edad,focalización y residencia que señala la Ley 20.255. |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |
11 |
Bono por Hijo |
UNIDAD DE PENSIONES Y SUBSIDIOS |
REQUISITOS: 1.- 65 años de edad cumplidos (presentación de la solicitud 2.- Tener derecho a pensión a partir del 1° de julio de 2009 3.- Tener residencia en el territorio chileno por un lapso de 20 años continuos o discontinuos contados desde los 20 años de edad de la solicitante y además haber residido en Chile al menos 4 en los últimos 5 anteriores a la solicitud 4.-Que la mujer tenga alguna de las caraterísticas que señala el Art. 74 de la Ley 20.255 ( Afiliada al DL N° 3.500, o Beneficiaria de una PBS de Vejez o Mujer beneficiaria de pensión de sobrevivencia del DL N° 3.500 o del IPS, con derecho a Aporte Previsional Solidario (APS) y no afiliada a ningún régimen previsional. |
Definidos por el Estado |
Al Cumplir Requisitos, se puede postular al beneficio durante todo el año. Monto Mensual Proporcional a la Modalidad de Pensión y Número de Hijos. |
Cumplimiento requisitos |
Monto Mensual Proporcional a la Modalidad de Pensión y Número de Hijos,que determinará el périodo del beneficio. |
Beneficio de cargo fiscal incluido entre las medidas de género que contempló la Ley N° 20.255. Tiene por objeto incrementar el monto de las pensiones de las mujeres, a través del otorgamiento de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. |
Enlace Ley N° 20.255 |
www.ips.gob.cl www.ministeriodesarrollosocial.gob.cl |